- CONTAMINACIÓN VISUAL -
Basta de contaminación visual
Editorial LA NACIÓN 06.07.2006
Sobre la avenida Lugones, toda clase y tamaño de carteles publicitarios constituye una escenografía grotesca que atrae la atención de los conductores, convirtiéndose en un motivo de distracción y consecuente factor causal de accidentes de tránsito. Frente a ello cabría preguntarse si, al igual que en otras materias ambientales, no rige el principio de "quien contamina paga", haciendo responsable de los daños generados al causante de la contaminación.
Tal vez ha sido minimizado el impacto provocado por la contaminación visual, cuya masiva y brutal irrupción afecta la calidad de vida. Así y todo, a fines de 1997 y como consecuencia de una acción de amparo presentada por la Asociación de Familiares y Víctimas de Accidentes de Tránsito (Favat) fue dictado un fallo que obligó al gobierno local a retirar los carteles publicitarios alineados a lo largo de la avenida Lugones, por considerar que su abundancia constituía una contaminación visual que resultaba peligrosa para los automovilistas. Corresponde al gobierno de la ciudad de Buenos Aires, consignó esa sentencia, mantener "un ambiente sano y la seguridad pública".
La resolución judicial implicó un avance de la jurisprudencia en materia de calidad de vida, generó una zona mucho más limpia de carteles y resaltó la necesidad de una evaluación de impacto ambiental y de seguridad vial previa a la colocación de carteles. Ahora es un nuevo motivo de preocupación que el propio gobierno porteño, en el seno de la Comisión Asesora Permanente de la Publicidad, haya elaborado un marco regulador para la colocación de carteles sobre los costados de las avenidas Leopoldo Lugones e Intendente Cantilo, entre las avenidas Sarmiento y General Paz. Permitirá la instalación de carteles simples, luminosos o iluminados, de hasta dos caras, con una altura máxima de 20 metros y mínima de 3 metros sobre el nivel del predio.
Por su parte, la Asociación Civil Iniciativa Espacio Público instó al jefe de gobierno a que dé urgente marcha atrás con el proyecto, elimine todos los carteles y prohíba en forma inequívoca, lisa y llanamente, los carteles en autopistas, autovías o vías rápidas.
No se trata de ir en contra de la publicidad, instrumento importante de comunicación social, sino sobre ciertos excesos que, como ocurre en este caso, obran en franco perjuicio de la seguridad. Ante eso, cualquiera se sorprendería al enterarse de que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires contempla la obligación del gobierno de desarrollar políticas de preservación de la calidad visual de sus habitantes, y que la ley 71 de la ciudad, mediante la cual fue creado el Consejo del Plan Urbano Ambiental, en sus criterios ordenadores se refiere a la "incorporación del concepto de paisaje urbano como criterio rector para el mejoramiento de la calidad ambiental y consolidación del espacio urbano". Además, uno de sus objetivos principales es el deber de asegurar a todos los habitantes de la ciudad el derecho a circular y habitar en áreas libres de contaminación visual y sonora.
Actualmente, la situación de anarquía y descontrol, la proliferación normativa y las zonas grises de las leyes han dado pie a interpretaciones interesadas. En cambio, en este tema en particular no puede haber medias tintas. Es de esperar, pues, que proyectos por el estilo del aquí comentado no solamente no progresen, sino que sean reemplazados por aquellos que promuevan el estricto control de nuestro medio ambiente y protejan nuestra visual, con la sana intención de contribuir a una mejor calidad de vida y del patrimonio natural y cultural de la ciudad de Buenos Aires.
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