Blog de interés cultural, social y comunicacional. Site dedicado a la difusión de las artes y espectáculos. Pensamientos del colectivo imaginario. Reflexión sobre temas cotidianos. Una manera de proponer ideas para una Argentina mejor, comprometida con su gente, su pasado, presente y futuro. - EL OJO PARLANTE - Copyright © TM 2005 - 2008 - R.A.Carrasquet - Ciudad Autónoma de la Santísima Trinidad - Puerto de Santa María de los Buenos Aires - Sudamérica - República Argentina -

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2.7.06

- LOS SUPERPODERES -

Superpoderes: ¿el fin de la República?


Editorial La Nación 02.07.2006


El artículo 29 de la Constitución Nacional determina que "el Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna". Añade que "actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria".

Estos preceptos serían vulnerados si prospera el proyecto de ley que acaba de enviar el Poder Ejecutivo Nacional al Senado con el fin de otorgarle indefinidamente facultades al jefe de Gabinete de Ministros para modificar el presupuesto prácticamente a discreción.

La iniciativa oficialista propicia la modificación del artículo 37° de la ley de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional. El propósito es facultar al citado funcionario para reestructurar el presupuesto, con el único límite de no modificar el total de gastos aprobado por el Congreso.

Así, el jefe de Gabinete podría reasignar gastos corrientes y de capital, al igual que aplicaciones financieras; también estaría en condiciones de alterar la distribución de las finalidades de las erogaciones previstas en el presupuesto nacional. Por si esto fuera poco, el Poder Ejecutivo aspira a que se exceptúe al jefe de Gabinete de una restricción establecida por la ley de responsabilidad fiscal, que le impediría decidir incrementos en los gastos corrientes en detrimento de los de capital o de las aplicaciones financieras.

Estas facultades extraordinarias, conocidas como superpoderes , vienen siendo aplicadas indebidamente desde hace varios años. Los efectos de la crisis socioeconómica de 2001 y 2002 fueron señalados como el dato que justificaba esas potestades. Desaparecidas algunas de las causas de la emergencia económica, el año último, cuando el Congreso aprobó el presupuesto 2006, se dejaron de lado esas facultades de excepción. Sin embargo, ahora, se vuelve a insistir con ellas.

Curiosamente, este proyecto se presenta en momentos en que el oficialismo avanza en el Senado con otra iniciativa legal tendiente a garantizar virtualmente la vigencia indefinida de los decretos de necesidad y urgencia por el solo hecho de que éstos no sean tratados por ambas cámaras del Congreso. Y se registra, además, a pocas semanas de que se sancionase otra ley que le confiere al Poder Ejecutivo la posibilidad de crear cargos específicos en las facturas de gas y electricidad para financiar obras de infraestructura en materia energética, y de decidir arbitrariamente quiénes deberán pagar esos virtuales impuestos.

Se le están otorgando de este modo al Poder Ejecutivo facultades que debería reservarse el Congreso, con el agravante de que la Casa Rosada las empleará, como hasta ahora, con un peligroso grado de discrecionalidad, en el que los criterios políticos y electoralistas difícilmente quedarán afuera.

No se trata esto último de una presunción injustificada. Simplemente, cabe recordar que en los últimos años, con la gestión nacional de Néstor Kirchner, la provincia de Santa Cruz se ha beneficiado con recursos del Estado nacional para obras públicas varias veces superiores a los de otras provincias con mayores necesidades. Los privilegios que, en tiempos de Carlos Menem, tenía La Rioja, ahora los posee la provincia natal del actual presidente de la República.

La discrecionalidad del gobierno nacional para usar los superpoderes del jefe de Gabinete servirá para digitar quién recibe y quién no los recursos públicos, probablemente en función de las conveniencias del próximo proceso electoral.

En síntesis, el proyecto que acaba de presentar el Poder Ejecutivo parece apuntar en la dirección de la consolidación de un hiperpresidencialismo y de una cultura política en la cual poco importan la división de poderes y la transparencia republicana.

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El artículo 29 de la Constitución Nacional determina que "el Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna". Añade que "actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria".

Estos preceptos serían vulnerados si prospera el proyecto de ley que acaba de enviar el Poder Ejecutivo Nacional al Senado con el fin de otorgarle indefinidamente facultades al jefe de Gabinete de Ministros para modificar el presupuesto prácticamente a discreción.

La iniciativa oficialista propicia la modificación del artículo 37° de la ley de administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional. El propósito es facultar al citado funcionario para reestructurar el presupuesto, con el único límite de no modificar el total de gastos aprobado por el Congreso.

Así, el jefe de Gabinete podría reasignar gastos corrientes y de capital, al igual que aplicaciones financieras; también estaría en condiciones de alterar la distribución de las finalidades de las erogaciones previstas en el presupuesto nacional. Por si esto fuera poco, el Poder Ejecutivo aspira a que se exceptúe al jefe de Gabinete de una restricción establecida por la ley de responsabilidad fiscal, que le impediría decidir incrementos en los gastos corrientes en detrimento de los de capital o de las aplicaciones financieras.

Estas facultades extraordinarias, conocidas como superpoderes , vienen siendo aplicadas indebidamente desde hace varios años. Los efectos de la crisis socioeconómica de 2001 y 2002 fueron señalados como el dato que justificaba esas potestades. Desaparecidas algunas de las causas de la emergencia económica, el año último, cuando el Congreso aprobó el presupuesto 2006, se dejaron de lado esas facultades de excepción. Sin embargo, ahora, se vuelve a insistir con ellas.

Curiosamente, este proyecto se presenta en momentos en que el oficialismo avanza en el Senado con otra iniciativa legal tendiente a garantizar virtualmente la vigencia indefinida de los decretos de necesidad y urgencia por el solo hecho de que éstos no sean tratados por ambas cámaras del Congreso. Y se registra, además, a pocas semanas de que se sancionase otra ley que le confiere al Poder Ejecutivo la posibilidad de crear cargos específicos en las facturas de gas y electricidad para financiar obras de infraestructura en materia energética, y de decidir arbitrariamente quiénes deberán pagar esos virtuales impuestos.

Se le están otorgando de este modo al Poder Ejecutivo facultades que debería reservarse el Congreso, con el agravante de que la Casa Rosada las empleará, como hasta ahora, con un peligroso grado de discrecionalidad, en el que los criterios políticos y electoralistas difícilmente quedarán afuera.

No se trata esto último de una presunción injustificada. Simplemente, cabe recordar que en los últimos años, con la gestión nacional de Néstor Kirchner, la provincia de Santa Cruz se ha beneficiado con recursos del Estado nacional para obras públicas varias veces superiores a los de otras provincias con mayores necesidades. Los privilegios que, en tiempos de Carlos Menem, tenía La Rioja, ahora los posee la provincia natal del actual presidente de la República.

La discrecionalidad del gobierno nacional para usar los superpoderes del jefe de Gabinete servirá para digitar quién recibe y quién no los recursos públicos, probablemente en función de las conveniencias del próximo proceso electoral.

En síntesis, el proyecto que acaba de presentar el Poder Ejecutivo parece apuntar en la dirección de la consolidación de un hiperpresidencialismo y de una cultura política en la cual poco importan la división de poderes y la transparencia republicana.