- UN POCO DE ORDEN -
A no cruzar en rojo
Nota de Noticias Urbanas
por María José Pérez Insúa
La Legislatura aprobó multar a aquéllos que circulen en vehículos no motorizados que violen las indicaciones de los semáforos y también a los conductores de vehículos en general, sean o no sus propietarios.
En la sesión ordinaria de este jueves 29 la Legislatura aprobó multar a aquéllos que circulen en vehículos no motorizados que violen las indicaciones de los semáforos. También se decidió multar la violación de luz roja a los conductores de vehículos en general sean propietarios de los mismos o no.
Ocurre que antes, luz roja establecía la sanción a los propietarios "en los casos en los que el conductor no fuera identificado". Ello daba lugar para que algunos jueces sostuvieran la impunidad de la falta en los casos en los que se identificaba al conductor, que no era propietario del rodado. Sostenían que esta hipótesis no estaba contemplada en la ley de faltas.
Luego de un debate que rozó lo absurdo sobre si los cartoneros y sus "vehículos" entraban o no en la categoría "vehículos no motorizados" y sobre el humor de la legisladora macrista Gabriela Michetti que preguntó si su silla entraba o no en la categoría (que risas al margen, nadie contestó... así que por las dudas mire el semáforo...)
La Ley quedó redactada de la siguiente forma:Artículo 1º: El/la que viole las indicaciones de los semáforos en vehículo no motorizado, es sancionado con multa de $300 a $3.000.Art 2º: El/la conductor o titular o responsable de un vehículo con el que se viole la prohibición de paso indicada por un semáforo, es sancionado con multa de $ 300 a $ 3.000, no admite pago voluntario.Cuando la falta sea cometida por un vehículo de pasajeros, escolares, camiones, remises, taxímetros, la multa es de $ 500 a $ 5.000."
"Desde hace tiempo que lo vengo advirtiendo; tenía un proyecto específico de mi exclusiva autoría, para sancionar con severidad al conductor responsable de violar la señal de detención. Cruzar un semáforo en rojo es arriesgar doblemente la vida, la de quien cruza en infracción, y la de quien cruza correctamente"; sostuvo el diputado Jorge Enríquez, autor de la ley.
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