Blog de interés cultural, social y comunicacional. Site dedicado a la difusión de las artes y espectáculos. Pensamientos del colectivo imaginario. Reflexión sobre temas cotidianos. Una manera de proponer ideas para una Argentina mejor, comprometida con su gente, su pasado, presente y futuro. - EL OJO PARLANTE - Copyright © TM 2005 - 2008 - R.A.Carrasquet - Ciudad Autónoma de la Santísima Trinidad - Puerto de Santa María de los Buenos Aires - Sudamérica - República Argentina -

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9.9.07

- RENCOR -



El rencor no cura las heridas


De el comienzo de su gestión, y con creciente intensidad, el presidente Néstor Kirchner ha efectuado una distinción tajante entre quienes sufrieron los excesos de la represión contra el terrorismo en los años 70 y quienes cayeron como consecuencia de la acción subversiva.

El primer mandatario ha distinguido, estrechado vínculos y subsidiado a las diversas organizaciones no gubernamentales que reúnen a los ascendientes o descendientes de las víctimas de la represión. En cambio, respecto de los integrantes de las fuerzas que reprimieron al terrorismo, exhibió una posición diametralmente opuesta: no sólo expresó juicios lapidarios que englobaron no pocas veces a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, sino que jamás hizo pública su solidaridad hacia los deudos de las víctimas del terrorismo y hasta consideró como actos casi hostiles a las manifestaciones en las que se procuraba recordarlas y honrarlas.

Este tratamiento disímil ha sido asumido por el Poder Judicial. En sucesivos fallos, nuestro más alto tribunal ha considerado que no son prescriptibles los delitos de lesa humanidad cometidos por quienes desempeñan funciones gubernamentales, en tanto que sí prescriben los crímenes de las mismas características, cometidos por terroristas sin conexión con el Estado. Debe señalarse que ninguna de las convenciones internacionales invocadas para sustentar esta posición efectúa la distinción adoptada por nuestra jurisprudencia.

Así, mientras que en la actualidad los integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad afrontan procesos penales en los que también se han desconocido los principios constitucionales de cosa juzgada y de inmunidad a un doble juzgamiento por un mismo hecho, algunos de quienes fueron terroristas perpetradores de delitos de lesa humanidad no sólo están protegidos por esta jurisprudencia, sino que en ciertos casos desempeñan funciones relevantes de gobierno.

En consonancia con la orientación presidencial, el actual secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde, ha iniciado una querella ante el Poder Judicial, para propiciar la derogación del decreto que dispuso el indulto a los comandantes en jefe en la causa que se les siguió por la "rebelión" que culminó en la toma de poder por las Fuerzas Armadas en 1976. Dicha causa concluyó como consecuencia de un indulto del ex presidente Carlos Menem. El doctor Duhalde ha pedido que se reabriera la causa por rebelión y se actuara no sólo contra los integrantes de las Fuerzas Armadas, sino también contra quienes fueron ministros y secretarios de Estado civiles del gobierno militar. Se procura de esta manera involucrar a todos ellos en las causas por violación a los derechos humanos.

Similar propósito trasunta el pedido del cónsul general de nuestro país en Nueva York, Héctor Timmerman, cuando, al brindar testimonio en la causa que se sigue contra quien había sido capellán de la policía bonaerense, solicitó que se investigara a ciertos civiles que habían desempeñado funciones de diversa jerarquía en esa provincia durante el gobierno militar. En respuesta, el tribunal que entiende en la causa que se sigue contra el sacerdote Christian von Wernich los ha llamado a prestar declaración testimonial.

Esta citación no obedece a requerimientos de un juicio en el cual se investiga la conducta de Von Wernich. En los procesos de la ex Unión Soviética, cualquiera del pueblo podía "atestiguar" sobre hechos que a su juicio afectaban el "sistema socialista", siendo secundario que el testimonio se refiriera a hechos concretos, y las "meras referencias" denunciadas eran tratadas como pruebas asertivas. Aquí el llamamiento a declarar parece encontrar sustento en la circunstancia de que determinadas personas ocuparon cargos jerárquicos en períodos cuestionados; en las meras referencias de terceros a las personas citadas en un contexto que no guarda relación con la causa en trámite o en la dudosa manifestación de algún testigo que "cree" haber visto a determinada persona.

Es peligroso utilizar esta modalidad nada republicana para convocar a personas con el velado propósito de someterlas al escarnio de pasar por una sala colmada de adversarios ideológicos, a los que poco interesa la conducta o la intervención en los hechos que se juzgan, sino tan sólo exhibirlos a la vindicta pública.

Es sabido que los civiles que ocuparon cargos en el gobierno militar no quedaron involucrados en la lucha contra el terrorismo, según se desprende de las profundas investigaciones judiciales llevadas a cabo cuando se restauró la democracia con el propósito de esclarecer todas las violaciones a los derechos humanos acaecidas en aquel período. Tampoco en las desarrolladas por organismos como la Comisión Nacional de Personas Desaparecidas (Conadep).

Pretender involucrar ahora a algunos civiles a instancias de quienes fueron protagonistas del conflicto setentista, sobre la base de dudosos testimonios o por el solo hecho de haber desempeñado funciones en el gobierno militar, puede abrir una nueva instancia de consecuencias imprevisibles. No debe olvidarse que fueron millares los civiles que desempeñaron funciones durante el gobierno militar, tanto en los poderes ejecutivos nacional y provinciales como en la justicia federal o local. Buena parte de los jueces de cierta edad que aún continúan en funciones o que han sido objeto de ascensos o nuevas designaciones se desempeñaron en la Justicia en la década del 70. De hecho, la mitad de los integrantes de nuestro máximo tribunal fueron funcionarios judiciales en ese período.

El rencor, el resentimiento, el espíritu de venganza no deben inspirar las decisiones gubernamentales. Cuando ello ocurre, se generan nuevos resentimientos que posteriormente procurarán encausarse en nuevas decisiones gubernamentales de signo opuesto. De la misma manera, no resulta posible tratar en forma desigual crímenes similares. Aquellos "jóvenes idealistas" que fueron terroristas y cometieron delitos de lesa humanidad no pueden hoy instigar o fomentar, bajo un manto de impunidad y a veces desde cargos públicos, la persecución de sus adversarios de antaño. Así no se cicatrizarán las traumáticas heridas que los argentinos aún padecemos.

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El rencor no cura las heridas


De el comienzo de su gestión, y con creciente intensidad, el presidente Néstor Kirchner ha efectuado una distinción tajante entre quienes sufrieron los excesos de la represión contra el terrorismo en los años 70 y quienes cayeron como consecuencia de la acción subversiva.

El primer mandatario ha distinguido, estrechado vínculos y subsidiado a las diversas organizaciones no gubernamentales que reúnen a los ascendientes o descendientes de las víctimas de la represión. En cambio, respecto de los integrantes de las fuerzas que reprimieron al terrorismo, exhibió una posición diametralmente opuesta: no sólo expresó juicios lapidarios que englobaron no pocas veces a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, sino que jamás hizo pública su solidaridad hacia los deudos de las víctimas del terrorismo y hasta consideró como actos casi hostiles a las manifestaciones en las que se procuraba recordarlas y honrarlas.

Este tratamiento disímil ha sido asumido por el Poder Judicial. En sucesivos fallos, nuestro más alto tribunal ha considerado que no son prescriptibles los delitos de lesa humanidad cometidos por quienes desempeñan funciones gubernamentales, en tanto que sí prescriben los crímenes de las mismas características, cometidos por terroristas sin conexión con el Estado. Debe señalarse que ninguna de las convenciones internacionales invocadas para sustentar esta posición efectúa la distinción adoptada por nuestra jurisprudencia.

Así, mientras que en la actualidad los integrantes de las Fuerzas Armadas y de seguridad afrontan procesos penales en los que también se han desconocido los principios constitucionales de cosa juzgada y de inmunidad a un doble juzgamiento por un mismo hecho, algunos de quienes fueron terroristas perpetradores de delitos de lesa humanidad no sólo están protegidos por esta jurisprudencia, sino que en ciertos casos desempeñan funciones relevantes de gobierno.

En consonancia con la orientación presidencial, el actual secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde, ha iniciado una querella ante el Poder Judicial, para propiciar la derogación del decreto que dispuso el indulto a los comandantes en jefe en la causa que se les siguió por la "rebelión" que culminó en la toma de poder por las Fuerzas Armadas en 1976. Dicha causa concluyó como consecuencia de un indulto del ex presidente Carlos Menem. El doctor Duhalde ha pedido que se reabriera la causa por rebelión y se actuara no sólo contra los integrantes de las Fuerzas Armadas, sino también contra quienes fueron ministros y secretarios de Estado civiles del gobierno militar. Se procura de esta manera involucrar a todos ellos en las causas por violación a los derechos humanos.

Similar propósito trasunta el pedido del cónsul general de nuestro país en Nueva York, Héctor Timmerman, cuando, al brindar testimonio en la causa que se sigue contra quien había sido capellán de la policía bonaerense, solicitó que se investigara a ciertos civiles que habían desempeñado funciones de diversa jerarquía en esa provincia durante el gobierno militar. En respuesta, el tribunal que entiende en la causa que se sigue contra el sacerdote Christian von Wernich los ha llamado a prestar declaración testimonial.

Esta citación no obedece a requerimientos de un juicio en el cual se investiga la conducta de Von Wernich. En los procesos de la ex Unión Soviética, cualquiera del pueblo podía "atestiguar" sobre hechos que a su juicio afectaban el "sistema socialista", siendo secundario que el testimonio se refiriera a hechos concretos, y las "meras referencias" denunciadas eran tratadas como pruebas asertivas. Aquí el llamamiento a declarar parece encontrar sustento en la circunstancia de que determinadas personas ocuparon cargos jerárquicos en períodos cuestionados; en las meras referencias de terceros a las personas citadas en un contexto que no guarda relación con la causa en trámite o en la dudosa manifestación de algún testigo que "cree" haber visto a determinada persona.

Es peligroso utilizar esta modalidad nada republicana para convocar a personas con el velado propósito de someterlas al escarnio de pasar por una sala colmada de adversarios ideológicos, a los que poco interesa la conducta o la intervención en los hechos que se juzgan, sino tan sólo exhibirlos a la vindicta pública.

Es sabido que los civiles que ocuparon cargos en el gobierno militar no quedaron involucrados en la lucha contra el terrorismo, según se desprende de las profundas investigaciones judiciales llevadas a cabo cuando se restauró la democracia con el propósito de esclarecer todas las violaciones a los derechos humanos acaecidas en aquel período. Tampoco en las desarrolladas por organismos como la Comisión Nacional de Personas Desaparecidas (Conadep).

Pretender involucrar ahora a algunos civiles a instancias de quienes fueron protagonistas del conflicto setentista, sobre la base de dudosos testimonios o por el solo hecho de haber desempeñado funciones en el gobierno militar, puede abrir una nueva instancia de consecuencias imprevisibles. No debe olvidarse que fueron millares los civiles que desempeñaron funciones durante el gobierno militar, tanto en los poderes ejecutivos nacional y provinciales como en la justicia federal o local. Buena parte de los jueces de cierta edad que aún continúan en funciones o que han sido objeto de ascensos o nuevas designaciones se desempeñaron en la Justicia en la década del 70. De hecho, la mitad de los integrantes de nuestro máximo tribunal fueron funcionarios judiciales en ese período.

El rencor, el resentimiento, el espíritu de venganza no deben inspirar las decisiones gubernamentales. Cuando ello ocurre, se generan nuevos resentimientos que posteriormente procurarán encausarse en nuevas decisiones gubernamentales de signo opuesto. De la misma manera, no resulta posible tratar en forma desigual crímenes similares. Aquellos "jóvenes idealistas" que fueron terroristas y cometieron delitos de lesa humanidad no pueden hoy instigar o fomentar, bajo un manto de impunidad y a veces desde cargos públicos, la persecución de sus adversarios de antaño. Así no se cicatrizarán las traumáticas heridas que los argentinos aún padecemos.