Blog de interés cultural, social y comunicacional. Site dedicado a la difusión de las artes y espectáculos. Pensamientos del colectivo imaginario. Reflexión sobre temas cotidianos. Una manera de proponer ideas para una Argentina mejor, comprometida con su gente, su pasado, presente y futuro. - EL OJO PARLANTE - Copyright © TM 2005 - 2008 - R.A.Carrasquet - Ciudad Autónoma de la Santísima Trinidad - Puerto de Santa María de los Buenos Aires - Sudamérica - República Argentina -

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10.6.06

- EL TRANSITO Y LA SOCIEDAD -

Seguridad vial y convivencia social

Editoral La Nación 10.06.2006



Hoy, Día de la Seguridad Vial, es una fecha más que oportuna para reiterar cuán grave es para todo nuestro país el tristísimo privilegio de estar a la cabeza -o poco menos- en las estadísticas de accidentes de tránsito y en cantidad de víctimas por esa clase de percances. Esta cuestión ha acaparado buenas intenciones formuladas con el sanísimo propósito de darle solución viable y eficiente, pero todavía es una segadora de vidas inútilmente inmoladas y una sembradora de daños materiales y patrimoniales. A tal extremo que los accidentes de tránsito son la primera causa de mortalidad en el país, aun por encima de muy serias enfermedades.

No se ha llegado a tan preocupante nivel por obra y gracia del azar. Un considerable puñado de omisiones, inconductas y desidias han confluido en su nacimiento, desarrollo y hasta ahora indomable y perdurable existencia.

Se trata, por supuesto, de las inconductas pertinaces de quienes no acatan, en todo o en parte, las reglamentaciones viales vigentes; las omisiones cotidianas de quienes teniendo la facultad de sancionarlas se desentienden, también en todo o en parte, de esa responsabilidad, y la desidia de las autoridades que, al parecer, no se esfuerzan por imponer a rajatabla la sana costumbre de respetar y hacer respetar la ley.

Esa conjunción de malas prácticas impone la elaboración y la firme aplicación de un conjunto de medidas de fondo si es que sinceramente se aspira a vencerla. La educación vial, por ejemplo, impartida a todo el conjunto de la sociedad en forma persistente e idónea es indispensable. Pero de nada servirá si no dispone de la compañía de un régimen de sanciones duras y de cumplimiento efectivo para los infractores; del adecuado mantenimiento de la señalización vial; de la reconstrucción y modernización de nuestras calles y rutas, cuyo perfil mayoritariamente pretérito es un campo fértil en el cual florecen muchos de los accidentes de tránsito, y de autoridades de aplicación facultadas para llevar adelante ese ordenamiento profundo y dispuestas a hacerlo respetar sin excepciones.

A ese respecto, son alentadores ciertos fallos judiciales recientes en que el criterio punitorio ha apuntado a determinar y sancionar todas las responsabilidades y evitado poner el acento en tan sólo una de las partes involucradas en el percance. Por ejemplo, los automotores en general son considerados por la jurisprudencia como artefactos peligrosos que por el solo hecho de circular generan un riesgo, lo cual hace responsables a sus dueños y conductores por los daños que provoquen, porque están obligados a mantener siempre el control de sus vehículos.

Sin embargo, no es menos cierto que a menudo los accidentes no son enteramente culpa de los conductores, sino que en el infortunio concurren otras concausas, muy frecuentemente generadas por las propias víctimas. Por ejemplo, los peatones que a suerte y verdad cruzan una arteria por la mitad de cuadra o los ciclistas siempre tan propensos a circular de contramano y a despreciar las indicaciones de los semáforos. También es el caso de los motociclistas que no utilizan el casco reglamentario y sufren daños en la cabeza, de conductores que no se sujetan con el cinturón de seguridad o el de los cartoneros que invaden las calzadas con sus precarios carritos de tracción a sangre y desprovistos de señalización nocturna.

Varios de esos casos han concluido con la condena del conductor porque así correspondía, pero la indemnización fue disminuida en un 20 por ciento por considerarse que las omisiones a los propios deberes de seguridad en que habían incurrido las víctimas imponían esa reducción.

No hay duda de que esa tendencia es altamente positiva, pues subraya el deber colectivo -conductores de autos y camiones, peatones, motociclistas, ciclistas y todo aquel sumergido en el farragoso tránsito de nuestras ciudades- de preservar su propio ámbito de responsabilidad ciudadana y, ademas, velar por sí mismo no agravando los riesgos naturales que conlleva el circular por la vía pública. En definitiva, haciendo más tolerable la convivencia social.

Las leyes y las sentencias tienen una indiscutible función docente y la difusión de sus sanas doctrinas contribuye a mejorar la calidad de vida. Puede ser, entonces, que esta nueva actitud judicial esté señalándonos qué hacer y cómo llevarlo a cabo para empezar a aliviar la insoportable carga de la inseguridad vial.


Nota Opinión La Nación 10.06.2006

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Hoy, Día de la Seguridad Vial, es una fecha más que oportuna para reiterar cuán grave es para todo nuestro país el tristísimo privilegio de estar a la cabeza -o poco menos- en las estadísticas de accidentes de tránsito y en cantidad de víctimas por esa clase de percances. Esta cuestión ha acaparado buenas intenciones formuladas con el sanísimo propósito de darle solución viable y eficiente, pero todavía es una segadora de vidas inútilmente inmoladas y una sembradora de daños materiales y patrimoniales. A tal extremo que los accidentes de tránsito son la primera causa de mortalidad en el país, aun por encima de muy serias enfermedades.

No se ha llegado a tan preocupante nivel por obra y gracia del azar. Un considerable puñado de omisiones, inconductas y desidias han confluido en su nacimiento, desarrollo y hasta ahora indomable y perdurable existencia.

Se trata, por supuesto, de las inconductas pertinaces de quienes no acatan, en todo o en parte, las reglamentaciones viales vigentes; las omisiones cotidianas de quienes teniendo la facultad de sancionarlas se desentienden, también en todo o en parte, de esa responsabilidad, y la desidia de las autoridades que, al parecer, no se esfuerzan por imponer a rajatabla la sana costumbre de respetar y hacer respetar la ley.

Esa conjunción de malas prácticas impone la elaboración y la firme aplicación de un conjunto de medidas de fondo si es que sinceramente se aspira a vencerla. La educación vial, por ejemplo, impartida a todo el conjunto de la sociedad en forma persistente e idónea es indispensable. Pero de nada servirá si no dispone de la compañía de un régimen de sanciones duras y de cumplimiento efectivo para los infractores; del adecuado mantenimiento de la señalización vial; de la reconstrucción y modernización de nuestras calles y rutas, cuyo perfil mayoritariamente pretérito es un campo fértil en el cual florecen muchos de los accidentes de tránsito, y de autoridades de aplicación facultadas para llevar adelante ese ordenamiento profundo y dispuestas a hacerlo respetar sin excepciones.

A ese respecto, son alentadores ciertos fallos judiciales recientes en que el criterio punitorio ha apuntado a determinar y sancionar todas las responsabilidades y evitado poner el acento en tan sólo una de las partes involucradas en el percance. Por ejemplo, los automotores en general son considerados por la jurisprudencia como artefactos peligrosos que por el solo hecho de circular generan un riesgo, lo cual hace responsables a sus dueños y conductores por los daños que provoquen, porque están obligados a mantener siempre el control de sus vehículos.

Sin embargo, no es menos cierto que a menudo los accidentes no son enteramente culpa de los conductores, sino que en el infortunio concurren otras concausas, muy frecuentemente generadas por las propias víctimas. Por ejemplo, los peatones que a suerte y verdad cruzan una arteria por la mitad de cuadra o los ciclistas siempre tan propensos a circular de contramano y a despreciar las indicaciones de los semáforos. También es el caso de los motociclistas que no utilizan el casco reglamentario y sufren daños en la cabeza, de conductores que no se sujetan con el cinturón de seguridad o el de los cartoneros que invaden las calzadas con sus precarios carritos de tracción a sangre y desprovistos de señalización nocturna.

Varios de esos casos han concluido con la condena del conductor porque así correspondía, pero la indemnización fue disminuida en un 20 por ciento por considerarse que las omisiones a los propios deberes de seguridad en que habían incurrido las víctimas imponían esa reducción.

No hay duda de que esa tendencia es altamente positiva, pues subraya el deber colectivo -conductores de autos y camiones, peatones, motociclistas, ciclistas y todo aquel sumergido en el farragoso tránsito de nuestras ciudades- de preservar su propio ámbito de responsabilidad ciudadana y, ademas, velar por sí mismo no agravando los riesgos naturales que conlleva el circular por la vía pública. En definitiva, haciendo más tolerable la convivencia social.

Las leyes y las sentencias tienen una indiscutible función docente y la difusión de sus sanas doctrinas contribuye a mejorar la calidad de vida. Puede ser, entonces, que esta nueva actitud judicial esté señalándonos qué hacer y cómo llevarlo a cabo para empezar a aliviar la insoportable carga de la inseguridad vial.


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